sábado, 29 de mayo de 2010

Divorcio Rapido: por Incompatibilidad de Caracteres

Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres

La incompatibilidad de caracteres es una de las causales de divorcio contempladas en la Ley 1306-bis sobre divorcio. Este tipo de divorcio tiene como fundamento principal la infelicidad de los cónyuges y la perturbación social producida por la incompatibilidad de temperamentos existente entre ellos. Para llevar a cabo este divorcio, uno de los dos cónyuges debe ser de nacionalidad dominicana o si son extranjeros, deben haber contraído matrimonio en la República Dominicana.

Este proceso se inicia interponiendo una demanda en divorcio mediante un acto que cita al cónyuge demandando a presentarse a la audiencia. Dicho acto debe contener además, la lista de testigos que el demandante hará oír en apoyo de su demanda.

Jurisdicción
El tribunal correspondiente será el del domicilio del cónyuge demandado, y en caso de que este tenga domicilio desconocido o en el exterior, corresponderá al tribunal del domicilio del demandante. Si ninguno de los cónyuges tiene domicilio en el país, los tribunales dominicanos no serán competentes para decidir este divorcio. En la mayoría de los casos se requerirá la presencia de uno de los cónyuges el día fijado para la audiencia.

Cuando la sentencia de divorcio haya sido dictada, usted recibirá la Sentencia y Acta de Divorcio legalizadas por las autoridades dominicanas correspondientes. Si estos documentos serán utilizados en el extranjero, la firma de abogados Encarnación & asociados los legalizará en la Procuraduría General de la República Dominicana, en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y luego en el consulado correspondiente para fines de que el mismo sea válido en cualquier país fuera de la República Dominicana.
"Este servicio solo está disponible para aquellas personas que se registren y se constituyan como usuarios titulares de la identidad a nombre de quien el documento o trámite legal se solicita."
Tarifa Legal: US$100.00


DOCUMENTOS REQUERIDOS:

1. Copia de Cédula (documento de identidad dominicano) o pasaporte completo (si es extranjero) de los esposos.

2. Original o copia certificada del Acta de Matrimonio.

3. Original o copia certificada de las Actas de Nacimiento de los hijos menores (si los hubiere).

4. Poder de Representación autorizando a la Dra. Cecilia Encarnación Montero para representar a los esposos en el Tribunal correspondiente y depositar y retirar el Acta de Divorcio (después del pronunciamiento del divorcio) en el consulado correspondiente en la República Dominicana, si el mismo será presentado fuera del país.
Los gastos correspondientes a la legalización de documentos en el Consulado de su país en República Dominicana pueden variar dependiendo de la cantidad de documentos y del precio por legalización del Consulado. Si estos gastos sobrepasan el monto incluido en la tarifa establecida por firma de abogados Encarnación & asociados, estos serán facturados adicionalmente.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cómo se si calificó para un Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres?
Esta es la vía disponible cuando los cónyuges no están en disposición de divorciarse por mutuo acuerdo y uno de ellos está interesado en obtener su divorcio motivado por la infelicidad en su matrimonio o por el domicilio desconocido de la otra parte. Para este divorcio, uno de los dos cónyuges debe ser de nacionalidad dominicana o si son extranjeros, deben haber contraído matrimonio en la República Dominicana.

2. ¿Es necesario que ambos esposos estén presentes en la audiencia?
No, en la mayoría de los casos el Juez que resulte apoderado solo requerirá la presencia del cónyuge demandante.

3. ¿Cuál es la diferencia entre un Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres y los demás divorcios?
En comparación con el Divorcio al Vapor o el Divorcio por Mutuo Consentimiento, la diferencia radica en que en el Divorcio por Demanda las partes no están de acuerdo, por lo tanto es al tribunal al que corresponde decidir sobre el interés de divorciarse, así como la guarda y manutención de los hijos menores, en caso de que aplique.

4. ¿Cuánto tiempo toma hacer este tipo de divorcio?
Se inicia con la recopilación de toda la documentación, para luego emplazar al esposo demandado. La fecha de la audiencia se establece respetando los plazos de ley para este tipo de proceso. Es bueno señalar que el caso podría requerir de la celebración de más de una audiencia. El tribunal demora aproximadamente de 30 a 90 días para dictar la sentencia, contados a partir de la última audiencia. Luego de notificada la sentencia las partes cuentan con un plazo de 2 meses para apelar la misma.

5. ¿Qué sucede si no conozco el domicilio del esposo demandante o si vive en el exterior?
En el caso de que sea el esposo que tenga domicilio desconocido o que el mismo viva en el exterior, el emplazamiento o plazo que la ley designa para defenderse se hace notificando al demandado en su última residencia y luego notificando al Procurador Fiscal del Distrito Judicial correspondiente, así como al Tribunal que va a conocer la demanda.

En caso de que sea la esposa que tenga domicilio desconocido o viva en el exterior, previo a la notificación del emplazamiento que se hará en los mismos términos indicados en el párrafo anterior, deberá además publicarse durante tres días consecutivos en un periódico de circulación nacional, un aviso indicándole a la mujer que al no tener conocimiento de su residencia, se procederá a emplazar en manos del Procurador Fiscal del Distrito Judicial correspondiente.

6. ¿Si luego de la audiencia uno de los esposos no está de acuerdo con la decisión dictada por el Tribunal, que se hace?
El esposo que no esté de acuerdo con la decisión tendrá 2 meses a partir de la notificación de la sentencia para apelar contra la misma.

7. ¿Si en el país de origen de los documentos requeridos no hay Consulado Dominicano, que procede?
Debe trasladarse al país más cercano donde haya un Consulado Dominicano, ya que los documentos expedidos fuera de la República Dominicana no serán válidos en nuestros tribunales si no están legalizados en el consulado.
correo...... ceciencarnacion@gmail.com

7 comentarios:

  1. yo vivo en london me case en santo domingo pero pero me separe al mes seguiente mi matrimono no esta registrado en consulado de espana ni en espana quiero divorciarme puedo contratar un abogado desde extranjero yo no vivo en santo domingo si hay manera que se anule este matrimono
    cuanto pude costar los tramites desde londres contratando abogado pero es arriesgado por estafa gracias

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    1. Hola buenas noches, disculpa lo tardes se su respuesta.
      Pues usted desde alla puede apoderar un Abogado en santo Domingo para su caso y realizar el divorcio..
      Pero lo primero es tener confianza en lo que va hacer.
      Soy la Dra. Cecilia Encarnación Montero (Abogada).
      Le dejo mi correo y mi muero por si desea escribirme o llamar.
      Ceciencarnacion@gmail.com
      Tel. 8098625209
      Será un placer a tenderle sin ningún compromiso.
      Hasta pronto.

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  2. Si el esposo vive en el extranjero y nunca ha vivido en República Dominicana,
    La esposa es Dominicana se puede hacer por domicilio desconocido?

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    1. Hola buenas noches.
      Un placer responder su pregunta.
      Si puedes hacer el divorcio con domicilio desconocido, siwmpre llevando su proceso de ley.
      Le dejo mi correo.
      Ceciencarnacion@gmail.com
      Tel. 8098625209.
      Será un placer atenderle sin compromiso ninguno para usted..

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  3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  4. Quiero divorciarme k me cuesta k necesito es de mutuo acuerdo y en k tiempo estas

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  5. Quiero saber q me cuesta un divorcio de mutuo acuerdo y k necesito

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